DIGESTO

Honorable Concejo Deliberante de Gonzales Chaves

Ordenanza
Vigente
Nro: 3274
Fecha de sanción: 16/02/2017
Decreto de Promulgación: 239
Fecha : 20/02/2017

Documentos:

Detalle de la Norma

Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar posesión del Barrio que se construye por el Plan Federal Reconvertido 182 Viviendas.

ORDENANZA Nº  3274

VISTO:

El Barrio de Viviendas del Programa Federal Reconvertido 182 Viviendas, cuya construcción quedó inconclusa y que va sufriendo el deterioro propio del paso del tiempo; y,

CONSIDERANDO:

Que existe una necesidad imperiosa de finalizar las mismas para ser entregadas, no sólo para que no se deterioren aún más, sino también porque hay verdadera escasez de viviendas para satisfacer las necesidades de la población;

Que desde el Municipio se podrían terminar algunas, a las que les falta un porcentaje menor para su finalización e inclusive algunas cuentan con servicios de infraestructura;

Que hay vecinos que han manifestado que cuentan con recursos propios para terminarlas;

Que hasta el momento no se encuentra solución por parte del Gobierno Nacional ni del Provincial para su finalización.

Por ello:

El Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzáles Chaves, en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar posesión del Barrio que se construye por el Plan Federal Reconvertido 182 Viviendas, previa acta ante Escribano Público con fotografías certificadas del estado en que se encuentran y notificación fehaciente a la empresa Pirámide S.A. y Organismos Provinciales y Nacionales intervinientes.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a organizar las tareas necesarias con el fin de terminar la construcción de las viviendas que están en condiciones de ser finalizadas.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a utilizar los fondos de la Cuenta Bancaria Reconversión Programa Federal Construcción 182 Viviendas, para avanzar con la obra de terminación de las mismas.

Artículo 4º: Autorízase al Intendente Municipal a organizar un PLAN DE AUTOTERMINACIÓN, el que será aprobado indefectiblemente por la Comisión de Viviendas y a adjudicar las Viviendas en el marco de dicho Plan.

Artículo 5º: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzáles Chaves, a los diez y seis (16) días del mes de Febrero de 2017.-

 

EMILIO ALBERTO VIDELA                              DIEGO MARTIN GONZÁLEZ

Secretario H.C.D.                                             Presidente H.C.D.

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