DIGESTO

Honorable Concejo Deliberante de Gonzales Chaves

Ordenanza
Vigente
Nro: 3651
Fecha de sanción: 09/06/2022
Decreto de Promulgación: 566
Fecha : 15/06/2022
Clasificación: Medio Ambiente

Documentos:

Detalle de la Norma

Adhesión Ley Provincial Nº 15325.

ORDENANZA Nº 3651

VISTO:

La Ley Nacional 27.424 “RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA” aprobada en el mes de diciembre del año 2017. Y LEY 15325 promulgada y publicada el día 10/05/2022 (Número de Boletín Oficial: 29258) y;

CONSIDERANDO:

Que, la norma nacional promueve la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables con destino al autoconsumo y a la inyección de eventuales excedentes de energía eléctrica a la red de distribución;

Que, son objetivos de la norma Nacional y su respectiva reglamentación, (con los cuales es difícil disentir), la eficiencia energética, la reducción de pérdidas en el sistema interconectado, la potencial reducción de costos para el sistema eléctrico en su conjunto, la protección ambiental prevista en el artículo 41 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Que,  propugna también contribuir a la protección de los derechos de los usuarios en cuanto a la equidad, no discriminación y libre acceso en los servicios e instalaciones de transporte y distribución de electricidad;

Que, se han generado derechos a favor de los usurarios a instalar equipamiento para la generación distribuida, como así también el acceso a los beneficios promocionales a cargo de la Nación dispuestos en la ley federal;

Que, los habitantes de la Provincia de Buenos Aires ya gozan de los derechos referenciados en el párrafo anterior;

Que, la propia norma provincial N° 15325 en su artículo 8 invita a los Municipios a adherir a la misma y evaluar los posibles beneficios que resulten necesarios a los fines de promover la producción de la energía eléctrica distribuida mediante fuentes renovables;

Que, entendemos prioritario allanar el goce de los derechos de nuestros vecinos y vecinas, aprovechando al máximo los beneficios fiscales, impositivos y de financiación incorporados en la Ley 27.424;

Que, hacemos especial hincapié en la difusión de los derechos y beneficios ya establecidos, e incorporamos la directiva “de estímulo” para realizar instalaciones productoras de energía renovable en los edificios públicos a construir y con relación a los ya existentes, se lleve adelante un relevamiento para analizar su posible adecuación.

Que,  se autoriza al Poder Ejecutivo para que conceda beneficios fiscales municipales a quienes se sumen a ésta iniciativa;

POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

Artículo 1º: ADHERIR a la Ley Provincial N° 15325 de conformidad con lo dispuesto en su artículo 8vo.

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Publíquese, Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, a los Nueve (9) días del mes de Junio de 2022.

PRIETO, LUDMILA – PRESIDENTE
GONZALEZ, FLORENCIA – SECRETARIA

 

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