DIGESTO

Honorable Concejo Deliberante de Gonzales Chaves

Ordenanza
Nro: 3710
Fecha de sanción: 28/12/2023
Decreto de Promulgación: 31
Fecha : 16/01/2024
Clasificación: Servicios Públicos- Tasas

Documentos:

Detalle de la Norma

Eximición tasas y derechos 2024.

ORDENANZA Nº 3710

VISTO:

Lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Art. 40; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 40, faculta al Honorable Concejo Deliberante a establecer un régimen de Exenciones parciales o totales al pago de Tasas Municipales;

Que, existen en nuestro distrito personas y entidades que no cuentan con recursos suficientes para afrontar el pago de las Tasas Municipales;

Que, exceptuar del pago de tasas municipales a Bomberos Voluntarios es una forma de reconocer el esfuerzo y valor demostrado en defensa de las personas y los bienes de quienes habitan en nuestro Distrito;

Que, exceptuar del pago de tasas municipales a ex-combatientes integrantes de la Agrupación VECOSE filial Adolfo Gonzales Chaves, es una forma de reconocer el esfuerzo y valor demostrado en defensa de la Soberanía Nacional;

Que, exceptuar del pago de tasas municipales a todas las personas que perciban la Asignación Universal por Hijo, a titulares de planes sociales, titulares del servicio, a quienes posean Certificado Único de Discapacidad o convivan con algún familiar que lo posea; es una forma de trabajar en consonancia con organismos superiores y reconocer la necesidad de un sector con imposibilidad de afrontar las obligaciones tributarias;

Por todo ello el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A :

ARTICULO 1º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a eximir del pago por el Ejercicio 2024 de la Tasa por los Servicios Urbanos exceptuando el valor del alumbrado público, a personas y entidades que se encuentren encuadradas en los siguientes incisos:

1) Entidades de Bien Público que se encuentren inscriptas en el Registro de Entidades de Bien Público Municipal, con domicilio en el Distrito de Adolfo Gonzales Chaves y que tengan cumplidos en tiempo y forma las obligaciones establecidas para estas entidades, respecto a inmuebles que se destinen y afecten al uso específico de la entidad.-

(VER TEXTO COMPLETO EN TEXTO DE LA NORMA)

ARTICULO 15: El Departamento Ejecutivo podrá constatar la veracidad de las declaraciones juradas que presenten los solicitantes. En caso de constatarse falsedad en las mismas se procederá, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, a ejercer las acciones judiciales correspondientes.

ARTICULO 16: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese .-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de 2023.-

R. GUSTAVO CHECCHIA – PRESIDENTE H. C. D.

KARINA ULFF-MOLLER – SECRETARIA H. C. D.

BDTHEMES
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