DIGESTO

Honorable Concejo Deliberante de Gonzales Chaves

Ordenanza
Nro: 3711
Fecha de sanción: 16/01/2024
Decreto de Promulgación: 44
Fecha : 19/01/2024
Clasificación: Derechos y Contribuciones- Tasas

Documentos:

Detalle de la Norma

Modifica Ordenanza Fiscal e Impositiva 2024

ORDENANZA Nº 3711

VISTO:

La Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente para la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves; y

CONSIDERANDO:

Que, producto de la inflación acumulada, se hace necesario adecuar los valores de cada una de las Tasas, Derechos y Contribuciones, a partir del Ejercicio 2024, a los efectos de garantizar el sostenimiento de la prestación de los servicios municipales;

Que, para financiar los gastos e inversiones municipales, deben incrementarse los recursos propios a través de las Tasas, Derechos y Contribuciones que se fijen en la Ordenanza Impositiva;

Que asimismo, se resulta menester introducir modificaciones en la Ordenanza Fiscal, por los fundamentos antes esgrimidos;

Por ello;

La ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:

1) Elimínese el último párrafo del artículo 93 de la Ordenanza Fiscal, Parte Especial.

2) Elimínese el segundo párrafo del artículo 94 de la Ordenanza Fiscal, Parte Especial.

3) Incorpórese en el artículo 95 de la Ordenanza Fiscal, Parte Especial, la palabra: Urbanos. Quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 95: Contribuyentes: Los propietarios de los inmuebles urbanos.

4) Elimínese el inciso 7) del Artículo 9 del Anexo B, de la Ordenanza Impositiva.

(VER TEXTO COMPLETO EN TEXTO DE LA NORMA)

ARTÍCULO 25º: MODIFÍCASE, en el Artículo 30 de la Ordenanza Impositiva, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 30: Todos los importes fijados en la presente Ordenanza Impositiva comenzarán a regir a partir del 01/01/2024.

ARTÍCULO 26º: APRUÉBASE el NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES, previsto en el Artículo 3, inciso 2, de la Ordenanza Impositiva, que formará parte de la misma como ANEXO I.

ARTÍCULO 27º: APRUÉBASE la DDJJ del Anexo II, según modelo adjunto.

ARTÍCULO 28º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, a los dieciséis (16) días del mes de enero de 2024.-

R. GUSTAVO CHECCHIA – PRESIDENTE H. C. D.

KARINA ULFF-MOLLER – SECRETARIA H. C. D.

BDTHEMES
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