DIGESTO

Honorable Concejo Deliberante de Gonzales Chaves

Ordenanza
Vigente
Nro: 3812
Fecha de sanción: 11/06/2026
Decreto de Promulgación: 612
Fecha : 19/06/2026
Clasificación: Hacienda

Documentos:

Detalle de la Norma

Creación figura placero municipal.

ORDENANZA Nº 3812

 Visto:

La necesidad de implementar mecanismos para mantener, proteger y vigilar los espacios verdes de nuestro Distrito; y,

Considerando:

Que los espacios públicos se originan como territorios de encuentro de la ciudadanía y es en ellos en los que se promueven hábitos de convivencia, tolerancia y construcción colectiva a través de iniciativas culturales, deportivas, religiosas, entre muchas otras.

Es menester que la ciudadanía toda sea apropiada y disfrute de dichos espacios, construyendo lugares en los que confluyen multiplicidad de actores y no dejando que las plazas, parques y paseos sean víctimas del vandalismo, el abandono y/o el apropiamiento por parte de grupos aislados.

Son significativos los hechos de vandalismo que se producen en las plazas y otros espacios verdes existentes en los espacios verdes de nuestro Distrito, especialmente en la Plaza 25 de Mayo de la ciudad cabecera, como así también son recurrentes las situaciones de inseguridad que se suceden en esas áreas, lo que nos lleva a considerar y buscar alternativas para ejercer un control más efectivo en esos sitios. Por tal motivo, en muchas localidades se ha restituido a los lugares de manera formal y oficial en carácter de guardador y cuidador de espacios verdes de dominio municipal, en busca de garantizar una presencia capacitada en la preservación del patrimonio cultural y natural de sus comunidades, en la prevención de accidentes y buscando además brindar una mayor seguridad a todos los concurrentes.

Visto esto, consideramos oportuno replicar esta experiencia en nuestro Distrito, constituyendo un plantel actualizado de placeros, debiendo cada uno de ellos estar capacitado en aspectos concernientes a mantenimiento general, vigilancia y seguridad, control de espacios públicos y relaciones públicas, estando provistos de los elementos y la capacitación necesaria a tales multas.

El municipio destina un número importante de recursos -tanto en personas como en dinero- al mantenimiento y reparación de los espacios públicos, por lo que consideramos que aplicar este sistema es factible, puesto que una efectiva labor de vigilancia y mantenimiento redundarían en el ahorro de las cuantiosas sumas que hoy se gastan como consecuencia de hechos vandálicos y/o falta de mantenimiento.

Que por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de Adolfo Gonzales Chaves, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Artículo 1º.- Institúyase en el ámbito de la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves la figura del «Placero», quien deberá cumplir funciones de guardador y cuidador de espacios verdes públicos del dominio municipal, en todas las plazas y parques del ejido urbano de la ciudad cabecera y localidades del Distrito, conforme a las disposiciones reglamentarias que el Departamento Ejecutivo Municipal establezca a tal efecto y bajo la órbita de la Dirección de Ambiente.

Artículo 2º.- Las funciones del «Placero» serán:

1) Cuidado y mantenimiento del espacio verde.

2) Vigilancia y control del espacio de uso público: a) cuidado del mobiliario urbano, pisos, luminarias y juegos existentes; b) aviso de necesidad de reparación y/o colocación de los anteriores; c) tareas de observación, educación y orientación de actitudes.

Artículo 3º.- Para el correcto desarrollo de estas funciones, el «Placero» deberá contar con las herramientas necesarias y estar capacitado en aspectos concernientes a: jardinería, primeros auxilios, vigilancia y control de espacios de uso público y relaciones públicas. Los elementos y cursos correspondientes serán organizados y provistos por el Departamento Ejecutivo Municipal.

El «Placero» deberá poseer un dispositivo de comunicación que le permita contacto permanente con dependencias municipales, sistema de emergencia sanitaria, bomberos y reparticiones policiales.

Artículo 4º.- Los «Placeros» deberán usar uniforme u otro elemento identificatorio, provisto por el Departamento Ejecutivo Municipal, que los identifique como agentes municipales.

Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de establecer la cantidad de placeros por espacio público dependiendo de su extensión, como así también los horarios pertinentes y la organización de los turnos especialmente los días feriados y los fines de semana. En plazas de gran extensión, se podrá prever la construcción de una garita de seguridad con servicios básicos.

Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO GONZALES CHAVES, A LOS ONCE (11) DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2026.

Tiago Aranzabe – PRESIDENTE

Karina Ulff-Moller – SECRETARIA

 

 

Comunicar al HCD de Gonzales Chaves, algún error.